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Exención I-601

Solicitud de exención por motivos de inadmisibilidad

Un solicitante que no es elegible para ser admitido en los Estados Unidos como inmigrante o para ajustar su estatus en los Estados Unidos, y ciertos solicitantes no inmigrantes que son inadmisibles, deben presentar esta solicitud para buscar una exención de ciertos motivos de inadmisibilidad, que incluyen:

  • Fraude migratorio y tergiversación

  • Ciertos motivos penales de inadmisibilidad

  • La barra de 3 o 10 años debido a una presencia ilegal previa en los Estados Unidos

  • Contrabandista de extranjeros

  • Estar sujeto a una sanción civil

  • Membresía de inmigrantes en un partido totalitario

  • Motivos de inadmisibilidad relacionados con la salud

Si se aprueba este Formulario I-601, la exención que se otorgue se aplicará solo a los motivos de inadmisibilidad y aquellos delitos, incidentes, eventos o condiciones que haya incluido en su solicitud. Por esta razón, es importante que revele todas las conductas o condiciones que puedan causar su inadmisibilidad y enumere todos los motivos de inadmisibilidad por los que solicita una exención.

Para obtener la exención para la mayoría de los motivos de inadmisibilidad, debe establecer que su ciudadano estadounidense calificado, o pariente residente permanente legal (cónyuge o padre) o prometido experimentaría dificultades extremas si se le negara la admisión a los Estados Unidos.

Por otros motivos de inadmisibilidad, puede solicitar que se otorgue esa exención con fines humanitarios, para asegurar la unidad familiar o cuando sea de otro modo de interés público, si no representa una amenaza para la seguridad de los Estados Unidos.

CASOS DE EXPERIENCIA DESTACADOS:

Diciembre de 2020: Obtuve la aprobación I-601 para un cliente que había cometido un crimen que involucró depravación moral en 1987. La oficina de inmigración aprobó esta exención dentro de los 5 meses.

Junio ​​de 2020: Obtuve la aprobación I-601 para un cliente que había cometido tergiversación cuando solicitó previamente una visa de inmigrante basada en el matrimonio con un ciudadano estadounidense. El Departamento de Estados había devuelto para revocación la aprobación de la petición de familia subsecuente presentada por su madre ciudadana estadounidense debido al presunto fraude matrimonial anterior. Persuadimos a la oficina de inmigración de que el matrimonio anterior del cliente fue de buena fe y sus padres sufrirían dificultades extremas, lo que resultaría en la aprobación de la exención.

Enero de 2020: obtuvo la aprobación I-601 para un cliente que había cometido tergiversación cuando solicitó una visa de turista en la embajada al no revelar que su padre vivía en los Estados Unidos;

Noviembre de 2018: Obtuve la aprobación I-601 para un cliente que había cometido tergiversación al usar un pasaporte falso para ingresar a los Estados Unidos en 2000. La oficina de inmigración aprobó la exención en 44 días. La solicitud de exención anterior de la clienta presentada ante su abogado anterior fue denegada en agosto de 2017.

Agosto de 2018: Obtuvo la aprobación I-601 para un cliente que había cometido tergiversación cuando solicitó una visa de turista en la embajada al no revelar su presencia ilegal de más de dos años en los Estados Unidos. La solicitud de exención anterior de la clienta presentada por su cuenta fue denegada en 2008

Julio de 2018: Obtuve la aprobación I-601 para un cliente que había cometido un crimen que involucraba vileza moral. La oficina de inmigración aprobó esta exención en 38 días con base en nuestra solicitud para acelerar la adjudicación de este caso. La visa de inmigrante de diversidad del cliente se emitió el 30 de agosto de 2018, lo que le permitió unirse a su esposa, un hijo menor que también había inmigrado 4 meses antes bajo el programa de visa de diversidad.

Mayo de 2018: obtuvo la aprobación I-601 para un cliente que había cometido tergiversación cuando solicitó una visa de turista en la embajada al no revelar que su madre vivía en los Estados Unidos;

Diciembre de 2017: Obtuvo la aprobación I-601 para un cliente que había cometido tergiversación cuando solicitó una visa de turista en la embajada al no revelar que su prometido era un residente legal permanente en los Estados Unidos;

Octubre de 2017: Obtuve la aprobación I-601 para un cliente que había cometido, que había cometido un crimen que involucraba vileza moral y había estado presente ilegalmente en los Estados Unidos.

Mayo de 2017: Obtuvo la aprobación I-601 para un cliente que había cometido tergiversación cuando solicitó una visa de turista en la embajada utilizando un pasaporte con foto sustituida de otra persona y entrando a los Estados Unidos con el pasaporte falso en 1999. La exención fue aprobada en menos de 4 meses junto con su tarjeta verde.

Noviembre de 2016: Obtuvo la aprobación I-601 para un cliente que había cometido tergiversación al no revelar su orden anterior de deportación cuando había solicitado la tarjeta verde y su ciudadanía, lo que resultó en una condena por parte de un tribunal federal y la posterior deportación en 2002.

Noviembre de 2016 : Obtuve la aprobación I-601 para un cliente que había cometido dos delitos relacionados con depravación moral en 1979 y 1989. La oficina de inmigración aprobó esta exención en menos de 9 meses.

Junio ​​de 2015: Obtuve la aprobación I-601 para un cliente que había cometido tergiversación al usar un pasaporte falso para ingresar a los Estados Unidos en 2000.

Enero de 2015: Se obtuvo la aprobación I-601 para un cliente que había cometido tergiversación mediante el uso de un pasaporte falso para ingresar a los Estados Unidos en 1999. Las solicitudes de exención anteriores del cliente presentadas por su cuenta o con abogados anteriores fueron denegadas en 2008, 2011 y 2013 .

¿Qué es la asistencia del abogado en un caso de exención I-601?

  • Un abogado puede ayudarlo asegurándose de que la solicitud se complete correctamente.

  • Él se asegurará de que se presente toda la evidencia necesaria para su consideración en la oficina de inmigración para demostrar que la negativa de su admisión a los Estados Unidos causará dificultades extremas a su cónyuge o padre ciudadano estadounidense o residente legal permanente.

Contáctenos

Para discutir su exención I-601 con un abogado de inmigración con experiencia en Jacksonville de Gjoka Law Firm, no dude en contactarnos por correo electrónico a ag@ag-legal.com o llámenos al 904-351-8749.

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